BECAS DE EDUCACIÓN INFANTIL PARA MATERIAL ESCOLAR

Posted by Jerónimo Cabrera Pérez | Posted in | Posted on jueves, junio 24, 2010

Estimadas familias:

Les informamos que el Cabildo Insular de Gran Canaria ha convocado unaas subvenciones para material didáctico para el alumnado de educación Infantil matriculado en Centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Isla de Gran Canaria.
El número máximo de ayudas concedidas para este centro es de 30, la cuantía es de 80 euros por beca y la documentación necesaria de berá presentarse antes del día 28 de junio.
Para la selección de los alumnos/as , se procederá a determinar la renta familiar para lo cual se considera como miembros computables:
a) Los progenitores que convivan con la menor.
b) Los hijos mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sobre los que tengan la patria potestad.
c) Los hijos solteros menores de veinticinco años, que convivan en le domicilio familiar y por los que los padres se apliquen la reducción por descendientes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) Los descendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.
En el caso de separación o divorcio, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el alumno/a seleccionado por le Centro Docente. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.
Para el cálculo de la renta familiar se tomarán las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, incluidas en los modelos de declaración o solicitud de devolución, por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, correspondiente al periodo impositivo 2008 y se efectuará por agregación de aquellas del siguiente modo:
1) Se sumará la base Imponible general y la Base imponible del ahorro del periodo impositivo del año 2008.
2) De este resultado se restará la cuota líquida total.
En el caso en que uno o varios de los miembros computables de la renta familiar, tengan algún tipo de minusvalía acreditada, la renta familiar obtenida, se multiplicará por 0,8.
Determinada la renta familiar, con arreglo al anterior procedimiento, se procederá a calcular la renta pér cápita que resultará de dividir la renta familiar entre el número de miembros computables.
Una vez calculada la renta familiar pér cápita, se ordenarán a los alumnos/as en orden creciente de renta familiar pér cápita y comenzará la distribución de la subvención por el alumno/a matriculado en educación infantil de menor renta familiar pér cápita, continuando hasta completar los treinta alumnos/as.
Todas las familias interesadas en solicitar la ayuda económica de 80 euros para material didáctico de alumnos/as de educación infantil, deben pasar por la Secrewtaría del Centro a retirar la solicitud y entregar la documentación correspondiente antes del 28 de junio de 2010.
Agüimes, a 23 de junio de 2010.

LA DIRECCIÓN.

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