EL 10 DE ABRIL SE ABRE EL PERIODO DE SOLICITUD DE PLAZA EN CENTROS PÚBLICOS Y CONCERTADOS DE INFANTIL Y PRIMARIA.

Posted by Jerónimo Cabrera Pérez | Posted in , | Posted on jueves, marzo 12, 2015

El 19 de mayo se publicará la lista provisional de admitidos y no admitidos y hasta el 22 de mayo podrá presentarse reclamación a dicha lista dirigida al Consejo Escolar



Alumnos entrando a un taller el verano pasado

Del 10 de abril al 6 de mayo se podrá solicitar plaza en los centros públicos y privados concertados de Educación Infantil y Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso escolar 2015-2016. Se presentará una única instancia, junto con la documentación requerida, en el centro que desee ser admitido el alumno o alumna. La resolución que establece el calendario, el modelo de solicitud y las instrucciones complementarias de este proceso de admisión se publicará en breve en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

El 19 de mayo se publicará en los tablones de anuncios de los centros educativos la lista provisional de admitidos y no admitidos y desde entonces y hasta el 22 de mayo podrá presentarse la reclamación a dicha lista dirigida al Consejo Escolar, así como la renuncia a la plaza obtenida. La relación definitiva de admitidos se publicará el 9 de junio. La matrícula se formalizará entre el 9 y el 19 de junio.
Con el objetivo de mejorar la gestión de los comedores escolares en los centros con este servicio, el alumnado que desee solicitar plaza deberá cumplimentar el impreso que el centro le facilite y aportar la documentación requerida.
Asimismo, el alumnado que desee solicitar plaza en la actividad de 'Taller de Inmersión Lingüística con Comedor de Verano' deberá rellenar también el impreso que el centro le facilite y aportar la documentación necesaria para acceder al servicio.
Baremación
Se obtendrá plaza si la oferta de puestos escolares en el centro pretendido es superior o igual al de solicitudes presentadas, no siendo necesario en este caso proceder a su baremación. Cuando el número de solicitudes supere al de vacantes ofertadas por el centro solicitado, se procederá a la baremación de dichas solicitudes.
Si el alumnado no obtuviera plaza en este centro, la puntuación alcanzada en la baremación, detrayendo la obtenida en el apartado del Consejo Escolar, servirá de criterio de ordenación para que se adjudiquen, en concurrencia con todas las solicitudes no admitidas de éste y de otros centros, las vacantes existentes en el segundo o tercer centro solicitado u otro, en su caso, sin perjuicio de lo establecido anteriormente.
Las familias cuyo nivel de renta haya descendido de manera significativa en los dos últimos años, podrán sumar un punto más a la puntuación que corresponda dentro del baremo establecido, siempre que acrediten este descenso de rentas. No se aplicará este incremento a las familias que obtienen el máximo de tres puntos en la renta total de la unidad familiar del ejercicio anterior en dos años al año natural en el que se solicita la plaza, por tener ya en aquel momento unos ingresos mínimos.

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